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Resolución Nº135/2026

17 de junio de 2026

VISTO:

El pedido de Certificación y Planilla demostrativa de Servicios presentado por el Sr. Hirsffeld Luis Alberto Ceferino M.I. N°17.166.439, y:

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con la Certificación de Servicios remitida por Contaduría Municipal, surge que el nombrado ha realizado aportes en la Caja del Sistema de Previsión de los Empleados de la Municipalidad de Tabossi desde el mes de diciembre del año 2020, hasta el mes de marzo del año 2023.

Que por lo expuesto resulta necesario dictar la correspondiente norma legal, a los fines del reconocimiento de servicios del interesado. –

POR ELLO:

LA PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TABOSSI

RESUELVE:

ART.1º: Reconocer los servicios prestados en la Municipalidad de Tabossi al Sr. Hirsffeld Luis Alberto Ceferino M.I. N°17.166.439, quien realizó aportes a la Caja del Sistema de Previsión de los Empleados de la Municipalidad de Tabossi, en condición de Personal temporario, desde el mes de diciembre del año 2000, hasta el mes de marzo del año 2023, lo que arroja un total de seis (6 años), ocho (8) meses, ocho (8) días, según consta en planillas adjuntas.

ART.2º: El reconocimiento de servicios establecido en el Art. 1° fue confeccionado a valores históricos. –

ART.3°: Notificar al solicitante de la presente Resolución a efectos de que prosiga el trámite de jubilación en el organismo Previsional correspondiente.

ART.4°: Refrendase por el Sr. Secretario de Gobierno Municipal. –

ART. 5°: Comuníquese, registrase, publicase, y archívese.

Nota: en cumplimiento del artículo 108 inciso ll) de la Ley N° 10.027 (T.O. Decreto N° 4706/MEFH), se omite en esta publicación la planilla de Certificación de Servicios anexa a la presente Resolución, por contener datos personales del agente interesado.

publicado en web: 17 de julio de 2026

Resolución N°134/2026

17 de junio de 2026

Contenido de la norma

VISTO:

La necesidad de reconocer los gastos efectuados por la Presidente Municipal Miraglio Elsa Analía M.I. N°24.630.511 y el Agente Municipal Bertone Jorge Alberto M.I. N°24.630.341, y:

CONSIDERANDO:

Que dichos gastos fueron incurridos en el cumplimiento de tareas laborales directamente vinculadas a las funciones oficiales que desempeñan en este Municipio.

Que resulta procedente y oportuno disponer el reintegro de las sumas correspondientes a favor de los mencionados.

POR ELLO:

LA PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TABOSSI

RESUELVE:

ART.1º: Reconózcase y autorícese el pago de la suma de pesos treinta y nueve mil novecientos noventa y nueve con 86/100 ($39.999,86) a la Presidente Municipal Elsa Analía Miraglio M.I N°24.630.511 y la suma de pesos treinta mil ocho ($30.008,00) al Agente Municipal Bertone Jorge Alberto M.I. N°24.630.341 ambos en concepto de reintegro de gastos por combustible.

ART.2º: Comuníquese, registrase, publicase, y archívese.

publicado en web: 17 de julio de 2026

Resolución Nº133/2026

17 de junio de 2026

VISTO:

La necesidad de renovar el fondo de caja chica de esta Municipalidad, y;

CONSIDERANDO:

Que se ha incurrido en diversos gastos necesarios para el normal desarrollo de la operatoria municipal.

POR ELLO:

LA PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TABOSSI

RESUELVE:

ART.1º: Disponese el pago de la suma de pesos veintiséis mil ochocientos ($26.800,00) a favor del Agente Municipal Barrios, Gaspar Arístides (M.I. Nº 33.057.077), en concepto de reintegro por almuerzo en horario de servicio.

ART. 2°: Librar la orden de pago y el correspondiente cheque por la suma total de pesos veintiséis mil ochocientos ($26.800,00), con imputación a las siguientes partidas presupuestarias:

  1. a) Bienes de consumo: $26.800,00.

ART. 3º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

publicado en web: 17 de julio de 2026

Resolución Nº131/2026

11 de junio de 2026

VISTO:

La proximidad de la temporada invernal y las bajas temperaturas imperantes que afectan de manera directa a los sectores más vulnerables de nuestra comunidad, y la necesidad de colaborar con el equipamiento del Hospital Castilla Mira de la ciudad de Viale, y:

CONSIDERANDO:

Que es un deber ineludible del Municipio instrumentar políticas de prevención, asistencia y contención social dirigidas a acompañar a las familias de escasos recursos de nuestra localidad.

Que la época invernal exige una respuesta inmediata para proveer elementos de abrigo (frazadas) que atenúen el impacto del frío en los hogares vulnerables.

Que, asimismo, el Hospital “Castilla Mira” constituye el centro de salud de referencia al cual concurren habitualmente las personas de esta localidad para satisfacer sus necesidades sanitarias de forma pública y gratuita.

Que el Municipio cuenta con partidas presupuestarias vigentes y fondos suficientes para afrontar dicha erogación.

POR ELLO:

LA PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TABOSSI

RESUELVE:

ART. 1º. Disponese la compra de ochenta (80) frazadas a la firma: Sosa Delfina CUIT 27418179908, por la suma total de pesos: un millón novecientos veinte mil con 00/100 ($1.920.000,00), destinadas a la asistencia social directa de familias de escasos recursos de esta localidad y al Hospital Castilla Mira de la ciudad de Viale.

ART. 2º. Determinase que, del total de los elementos adquiridos en el Artículo 1º, se destinará la cantidad de diez (10) frazadas en carácter de donación al Hospital “Castilla Mira” de la localidad de Viale. –

ART. 3º. Establecese que las frazadas restantes serán distribuidas a las familias en situación de vulnerabilidad social de esta localidad a través del Área de Acción Social del Municipio, quien registrará los datos de las personas o jefe de familia que reciban el beneficio. –

ART. 4º. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

publicado en web: 17 de julio de 2026

DECRETO Nº23/2026

11 de junio de 2026

VISTO:

Las Ordenanzas sancionadas el día 09 de junio de 2026 por el Honorable Concejo Deliberante de Villa Tabossi, norma que fue comunicada al Departamento Ejecutivo Municipal en el día de la fecha, y:

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al Artículo 107º inciso c, de la Ley Nº 10.027 y modificatorias, es atribución de la Presidente Municipal promulgar las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente a los fines de su promulgación y para su entrada en vigencia inmediata.

POR ELLO:

LA PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TABOSSI

DECRETA

ART. 1º) Promúlguense las siguientes Ordenanzas sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante de Villa Tabossi en fecha 11 de junio de 2026 y comunicadas a este Departamento Ejecutivo en el día de la fecha:

  1. Ordenanza Nº770/2026, mediante la cual se dispone la primera ampliación del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2026 de la Municipalidad de Villa Tabossi.
  2. Ordenanza Nº 771/2026: mediante la cual se procede a dar de baja del Inventario Municipal una electrobomba CP 3045, código de inventario 536, adquirida por este Municipio en el año 2016.
  3. Ordenanza Nº 772/2026: mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta directa de los siguientes bienes municipales: una (1) desmalezadora marca Tooling modelo TP155, chasis Nº JFH0785) y una (1) desmalezadora de dos (2) metros de trabajo, de tres (3) puntos para tractor, fabricada por la firma Fontana S.R.L.

ART. 2º) Disponese la entrada en Vigencia de las normas citada precedentemente a partir del día de la fecha.

ART.3º) Comuníquese, regístrese, publíquese y oportunamente archívese.

publicado en web: 17 de julio de 2026

Ordenanza 772/2026

09 de junio de 2026

VISTO: El mensaje de elevación remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante el cual se solicita autorización para proceder a la venta directa de dos (2.-) desmalezadoras pertenecientes al patrimonio de la municipalidad de Tabossi; Y:

CONSIDERANDO:

Que, la primera de las máquinas en cuestión es una desmalezadora marca “Tooling”, Modelo TP 155 – identificada con chasis Nº JFH0785, adquirida en el año 2004, con más de veinte (20.-) años de antigüedad y en condiciones de operatividad reducida, habiendo superado ampliamente su “vida útil”.

Que, la segunda es una desmalezadora de dos (2.-) metros de ancho de trabajo, de enganche de tres puntos para tractor, fabricada por industrias metalúrgicas “Fontana S.R.L.”, adquirida en el año 2014, cuya excesiva carga ponderal la convierte en un implemento de escaza utilidad práctica para el municipio.

Que, ambas unidades resultan poco funcionales para los objetivos de la gestión municipal vigente, implicando costos de mantenimiento y operación desproporcionados en relación con los servicios que prestan.

Que, resulta necesario y conveniente para los intereses del municipio proceder a la venta de dichos bienes, afectando los fondos obtenidos a la adquisición de una nueva desmalezadora que se adecúe a las necesidades operativas actuales.

Que, a los efectos de determinar el precio mínimo de venta de cada unidad y el valor/diferencia a abonar por una unidad nueva, el departamento ejecutivo municipal ha requerido la tasación de ambos bienes ante algunas empresas de la zona, a saber: la firma que gira en el ámbito local “Q`MÁQUINAS”, de Néstor LIMA, ha propuesto los siguientes valores: a) desmalezadora marca “tooling”, modelo TP 155, chasis Nº JFH0785: $1.450.000,00. b) desmalezadora “Fontana” enganche tres puntos, dos metros de ancho: $2.000.000,00., a su vez presupuesta una DESMALEZADORA NUEVA marca POZZI de 1,50 metros de corte para tres puntos en la suma de $5.850.000,00. Asimismo se recabaron valores de la firma “FRANCK” máquinas agrícolas de la localidad de Colonia Avellaneda recibiendo las dos desmalezadoras usadas con una diferencia a pagar por una unidad nueva marca “Grosspal” de $3.850.000,00. Y finalmente una tercera opción de la empresa “BRONDI” maquinarias agrícolas con sede en la Ciudad de Paraná que también recepciona las desmalezadoras en desuso y propone el pago de una diferencia de $3.600.000,00. Por una unidad nueva marca Baima.

Que, la modalidad de venta directa se ajusta a las circunstancias del caso, toda vez que los bienes cuentan con tasación realizada por ente competente, garantizando razonabilidad y transparencia en la disposición del patrimonio municipal.

Que, este Honorable Concejo Deliberante es competente para autorizar la enajenación de bienes del dominio privado municipal, conforme lo establece la ley orgánica de municipios de la Provincia de Entre Ríos.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE TABOSSI SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal de la Municipalidad de la Ciudad de Tabossi a proceder a la Venta Directa de los siguientes bienes que integran el Patrimonio Municipal:

  1. Una (1.-) desmalezadora marca “Tooling”, Modelo TP155 – chasis Nº JFH0785, adquirida en el año 2004.
  1. b) Una (1.-) desmalezadora de dos (2.-) metros de ancho de trabajo, de enganche tipo tres puntos para tractor, fabricada por industrias metalúrgicas “Fontana S.R.L.”, adquirida en el año 2014.-

ARTÍCULO 2º) Fíjase como precio mínimo de venta directa de cada uno de los bienes autorizados en el artículo 1º los siguientes valores: a) desmalezadora marca “Tooling”, Modelo TP155 – chasis Nº JFH0785: $1.450.000,00. b) desmalezadora “Fontana”, enganche de tres puntos para tractor, dos (2.-) metros de ancho de trabajo: $2.000.000,00. El Departamento Ejecutivo Municipal NO podrá perfeccionar la operación de venta por un precio inferior al tasado por cada unidad.-

ARTÍCULO 3º) Los fondos que se obtengan como resultado de la venta de los bienes referidos en el artículo 1º deberán ser afectados íntegramente a la adquisición de una nueva desmalezadora para el parque de maquinaria Municipal. En caso de existir diferencia entre el producido de la venta y el precio de adquisición del nuevo equipo, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá afectar los fondos faltantes a la partida presupuestaria que corresponda.-

ARTÍCULO 4º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese.

Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Tabossi; 09 de junio de 2026.-

publicado en web: 17 de julio de 2026

Ordenanza 771/2026

09 de junio de 2026

VISTO: La necesidad de dar de baja un elemento que integra el inventario de bienes Municipales; Y:

CONSIDERANDO:

Que, en efecto, la Municipalidad de Tabossi cuenta desde el año 2016, en que fuera adquirida, con una ELECTROBOMBA CP 3045; elemento que desde su adquisición fue afectado al área de obras sanitarias para el manejo de efluentes cloacales.

Que, dado su actual estado, antigüedad e imposibilidad de continuar usando de la misma, corresponde desafectarla dándola de baja del inventario municipal para el corriente año.

Que, la misma será reemplazada por un elemento de similares características cuyo uso se vincula al sistema de efluentes cloacales, garantizando de esta forma un servicio eficiente para nuestros vecinos.

Que, en este orden de ideas fue interesado (Nota/Expediente mediante) el H. Concejo Deliberante a los efectos de que autorice su baja del inventario Municipal y su eventual disposición/venta como elemento de rezago.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE TABOSSI SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º) DESAFECTAR del servicio público en el área de obras sanitarias/cloacas y dar de BAJA del patrimonio/inventario de este Municipio, el siguiente bien: Una (1.-) ELECTROBOMBA CP 3045 – CÓDIGO de INVENTARIO 536 adquirida por la Municipalidad de Tabossi en el año 2016 (31/12/2016); la cual hasta el momento estuvo afectada al manejo de efluentes cloacales.-

ARTÍCULO 2º) Dicho bien tendrá por destino su deposición final como residuo y/o para material de desguace. –

ARTÍCULO 3º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese.

Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Tabossi; 09 de junio de 2026.-

publicado en web: 17 de julio de 2026

Ordenanza 770/2026

09 de junio de 2026

VISTO: Que es menester introducir algunas reformas a la ordenanza que oportunamente aprobara el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos Ejercicio 2026 de la Municipalidad de Tabossi; norma sancionada por el H.C.D. de nuestra localidad en fecha 25 de noviembre de 2025 y que fuera promulgada y registrado bajo el Nº 763/2025; Y:

CONSIDERANDO:

Que, tal lo expresado en los vistos, es necesario introducir algunas reformas al Presupuesto Municipal Ejercicio 2026 sancionado el año próximo pasado por el Honorable Concejo Deliberante de Tabossi.

Que, en dicho orden de ideas y a resultas de la dinámica económico/financiera actual, se propone un INCREMENTO de recursos en las siguientes fuentes: De JURISDICCION MUNICIPAL $89.584.993,05; comprensivo de Tasas Municipales/Tasa General Inmobiliaria $2.500.000,00. Tasa General Inmobiliaria Vencida $1.000.000,00. Carnet de Conducir $2.000.000,00. y Otros Ingresos $84.084.993,05 (Excedente de Ejercicios Anteriores $81.084.993,05 – Ingreso Complejo Municipal de Piletas $3.000.000,00.). Así también corresponde dar entrada contable a recursos allegados de JURISDICCION PROVINCIAL Participación de Impuestos Provinciales: $24.500.812,86. Y finalmente INGRESOS DE CAPITAL DE JURISDICCION MUNICIPAL provenientes del REEMBOLSOS por Convenios Judiciales $13.000.000,00. Para conformar un TOTAL GENERAL de AUMENTOS por todo concepto y jurisdicción de $127.085.805,91.

Que, a su vez se dispone la DISMINUCIÓN de una partida de Jurisdicción Nacional -Recursos Afectados Ejercicios Anteriores-, por un importe de $7.085.805,91. Todo lo cual representa un INCREMENTO NETO de $120.000.000,00. Para concluir con un CÁLCULO DE RECURSOS POR TODO CONCEPTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 DE $3.179.500.000,00.

Que, en correspondencia con los nuevos montos previstos, se dispone una readecuación (AUMENTO) de algunas partidas de GASTOS CORRIENTES, a saber: Servicios $100.000.000,00. y Transferencias Corrientes/Ayudas varias $20.000.000,00. Total Aumentos $120.000.000,00. Para concluir con un PRESUPUESTO de GASTOS POR TODO CONCEPTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 DE $3.179.500.000,00.

Que, dadas las explicaciones de personal contable oportunamente convocado al efecto, y realizado un análisis del proyecto por los Srs./as Concejales, este Cuerpo culmina sancionando el mismo en un todo de acuerdo y de conformidad al texto originalmente remitido desde el Departamento Ejecutivo Municipal.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE TABOSSI SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°) REFÓRMASE el PRESUPUESTO de la Municipalidad de Tabossi EJERCICIO FISCAL 2026 oportunamente sancionado mediante ORDENANZA registrada bajo el Nº763/2025, PRIMERA MODIFICACIÓN del actual ejercicio fiscal; a consecuencia de lo cual se autorizan aumentos de partidas por valor de $127.085.805,91. Una Disminución por valor de $7.085.805,91., resultando un Incremento Neto de $120.000.000,00.; en un todo de acuerdo al detalle de ingresos y erogaciones obrante en los cuatros I y II que en dos folios se adjuntan como anexo integrativo, legal y útil de la presente; quedando el cálculo de recursos y presupuesto de gastos año 2026 con un monto total y por todo concepto de TRES MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/centavos ($3.179.500.000,00.).-

ARTÍCULO 2º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Oportunamente Archívese.

Sancionada en la sala de Sesiones del H.C.D. de Tabossi; 09 de junio de 2026.-

publicado en web: 17 de julio de 2026

Resolución Nº128/2026

09 de junio de 2026

VISTO:

El pedido de ayuda económica presentado por los Sres. Bertozzi, Claudio Roberto M.I. Nº 21.662.864 y Heinze, Silvio Benjamín M.I. Nº 31.862.344, en su carácter de padres de los deportistas Bertozzi, Tiziano y Heinze, Laureano; y,

CONSIDERANDO:

Que la solicitud tiene por objeto costear los gastos de traslado de los mencionados deportistas a la ciudad de Gualeguaychú, donde participarán en el prestigioso Torneo Argentino de Bochas representando orgullosamente al Club Social y Deportivo Tabossi.

Que es una premisa fundamental de este gobierno municipal apoyar activamente el desarrollo deportivo de nuestros jóvenes, reconociendo el esfuerzo de sus familias y el impacto positivo que genera la práctica deportiva en la representación de nuestra localidad.

Que, ante los costos que demanda la movilidad para dicho evento, resulta oportuno y justo brindar un auxilio económico institucional destinado exclusivamente a cubrir los gastos de combustible que insuma el viaje.

POR ELLO:

LA PRESIDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TABOSSI

RESUELVE:

ART. 1º: Otorgase un subsidio de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($120.000,00) al Sr. Bertozzi Claudio Roberto, M.I. Nº 21.662.864, en su carácter de padre del deportista Bertozzi Tiziano. Dicha contribución se destinará exclusivamente a solventar los gastos de combustible para el viaje mencionado.

ART. 2º: El Sr. Bertozzi Claudio será el responsable de presentar ante este municipio los comprobantes que justifiquen el correcto uso de los fondos recibidos.

ART. 3º: Impútese el gasto a la partida presupuestaria Transferencias Corrientes.

ART. 4º: Regístrese, comuníquese y archívese.

publicado en web: 17 de julio de 2026

DECRETO Nº22/2026

09 de junio de 2026

La venta de material reciclado efectuada por personal de la planta de tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos (RSU), y:

Considerando:

Que el material reciclado cuya operación de venta ha sido concretada en el día de la fecha es producto del trabajo de los agentes municipales que se desempeñan en la planta de tratamiento y clasificación de RSU, ubicada en Ruta 32.

Que razones de justicia y equidad imponen que los ingresos por las ventas efectuadas se distribuyan entre los agentes responsables en concepto de adicional no remunerativo.

Que en el día de la fecha ingresaron fondos por las ventas realizadas a dos firmas: CIMINO ANA KARINA, CUIT 27-22367219-7, por la suma de $1.000.000,00; y ARGAÑARAZ VÍCTOR RAÚL, CUIT 20-12539318-8, por la suma de $1.229.950,00; sumas que deben ser distribuidas en partes iguales entre los siguientes agentes: Jaime Thiago Samuel, CUIT 20-47134081-3; Báez Leonardo Leónidas, CUIT 20-32565360-5; Heinze Néstor Benjamín, CUIT 23-44526095-9; Zapata Dariana Stefania, CUIT 27-45757729-5; Cabrera Walter Daniel, CUIT 20-35295893-0; Hirsffeld Mateo Imanol, CUIT 20-40991148-0; y González José Luis, CUIT 20-28665814-9.

Por ello:

LA PRESIDENTA DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA TABOSSI

DECRETA:

ART. 1º) Procédase a distribuir la suma total de Pesos dos millones doscientos veintinueve mil novecientos cincuenta ($2.229.950,00) por partes iguales entre los agentes: Jaime Thiago Samuel, CUIT 20-47134081-3; Báez Leonardo Leónidas, CUIT 20-32565360-5; Heinze Néstor Benjamín, CUIT 23-44526095-9; Zapata Dariana Stefania, CUIT 27-45757729-5; Cabrera Walter Daniel, CUIT 20-35295893-0; Hirsffeld Mateo Imanol, CUIT 20-40991148-0; y González José Luis, CUIT 20-28665814-9; correspondiendo a cada uno la suma de Pesos TRESCIENTOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 28/100 ($318.564,28), para ser transferidos a sus cuentas particulares en concepto de adicional no remunerativo.

ART. 2º) Comuníquese, regístrese, publíquese y, en su oportunidad, archívese.

publicado en web: 17 de julio de 2026